IDIOMAcastellanovalencià
ESTÁS EN
  1. Portada >
  2. Noticias & Actualidad >
  3. Servicios Sociales. Ayudas y becas

NOTICIAS & ACTUALIDAD

volver

Servicios Sociales. Ayudas y becas

16/07/2020

Convocatoria de ayudas económicas para sufragar parte del recibo del IBI 2020

El Ayuntamiento de Massanassa convoca ayudas económicas para sufragar parte del pago del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2020 para aquellas unidades familiares que cuentan con dificultades socioeconómicas que les impiden poder afrontar el pago correspondiente al inmueble que constituya la vivienda habitual, con el fin de compensar parcialmente la carga tributaria municipal.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles,  hasta el 6 de agosto  2020 (incluido)

Podrán solicitar esta ayuda aquellas personas que, hallándose en situación de grave necesidad, no dispongan de los recursos o ingresos suficientes para afrontar el pago del IBI de su vivienda habitual y reúnan los siguientes requisitos:

  • Que la renta per cápita anual de los miembros de la unidad familiar o de convivencia a la que pertenezca no exceda del 100% del IPREM vigente, en cómputo anual en 12 pagas.
  • Estar empadronados en dicha vivienda y residir habitualmente en el municipio de Massanassa con una antigüedad mínima de 12 meses a la fecha de la presentación de la solicitud. El requisito será extensible a todos los miembros que formen la unidad familiar o de convivencia.
  • Que el solicitante sea el sujeto pasivo del impuesto correspondiente al ejercicio 2020 por ser el titular del derecho constitutivo del hecho imponible en su vivienda habitual.
  • No disponer de bienes inmuebles urbanos o rústicos, distintos a los de la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, o usufructo. En este sentido no se tendrá en cuenta la propiedad de un trastero, o plaza de garaje o de aquellas fincas rústicas cuyo valor catastral no sea superior a 3.000 euros.
  • No disponer de ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones del impuesto a las que se tuviera derecho por ley.
  • Estar al corriente del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles de ejercicios anteriores, salvo que tenga concedido el aplazamiento o fraccionamiento de pago, y no existan plazos o fracciones no atendidos.

 


La cuantía individual de la ayuda, con carácter general tendrá un importe máximo de 300 euros por solicitante, y en ningún caso podrá superar además, la mitad del importe total de la cuota del impuesto de bienes inmuebles para el ejercicio anterior (2019), cuando éste sea mayor de 600 euros. En base a esto, se subvencionarán las siguientes cuantías:

  • El 75% del importe de la cuota del impuesto de 2020 para aquellas unidades familiares cuya renta anual no supere los 20.000 euros y estén formadas por 3 o más miembros de la unidad familiar.
  • El 50% del importe de la cuota del impuesto de 2020 para aquellas unidades familiares cuya renta anual no supere los 12.000 euros y estén formadas por 1 o 2 miembros de la unidad familiar.

 


Pueden consultarse las bases y la solicitud en el apartado Ayudas y Becas de Servicios Sociales de esta página web. 

 

 MÁS INFORMACIÓN 

  • Bases ayudas
  • Solicitud
  • DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
    Edificio Calle Mayor
    C/ Mayor, 15 
    benestar@massanassa.es | 96 125 07 87

 

 

© 2018. Ajuntament de Massanassa. Pç. Escoles Velles, 1. 46470 Massanassa.